Prórroga de Discrecionalidad: Necesidad y Desafíos en la Implementación de Regulaciones sobre las Guías de Remisión

La SUNAT, en concordancia con los artículos 82 y 166 del Código Tributario, tiene la facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente las infracciones tributarias. Diversas resoluciones de la Superintendencia regulan la emisión de guías de remisión, tanto en formatos impresos como electrónicos. En particular, la Resolución N.º 000123-2022/SUNAT modificó estas regulaciones para incorporar nuevos requisitos para las guías de remisión electrónicas (GRE), designar emisores electrónicos de forma progresiva y ajustar disposiciones para las guías impresas.

Estos cambios han demandado que los contribuyentes se adapten a los sistemas y requisitos de emisión actualizados. Para facilitar el cumplimiento, especialmente en relación con las infracciones relacionadas con la emisión de GRE y guías impresas, la SUNAT, mediante la Resolución N.º 000052-2022-SUNAT/700000, decidió no sancionar administrativamente las infracciones detectadas desde el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de junio de 2023. Estas infracciones incluyen transportar bienes con documentos que no cumplen los requisitos y características para ser considerados guías de remisión, tanto impresas como electrónicas. Durante este período, se dispuso el levantamiento de actas preventivas por las infracciones detectadas, incluso en casos de reincidencia.

Posteriormente, mediante la Resolución N.º 000025-2024-SUNAT/700000, ha decidió prorrogar dicha medida desde el 1 de julio de este año hasta el 31 de diciembre de 2024, abordando específicamente las infracciones detalladas en la Resolución N.º 000052-2022-SUNAT/700000.

La prórroga y las disposiciones que permiten el levantamiento de actas preventivas en lugar de sanciones inmediatas brindan a los contribuyentes tiempo adicional para adaptarse a los nuevos requisitos y sistemas de emisión de guías de remisión. Al no aplicar sanciones administrativas de inmediato, se alivian los costos financieros y administrativos que los contribuyentes podrían enfrentar debido a la transición a los nuevos sistemas.

Sin embargo, la prórroga de estas medidas refleja la complejidad y dificultad en su implementación efectiva. La necesidad de adaptar continuamente los sistemas y procedimientos puede resultar en una carga administrativa prolongada para los contribuyentes, especialmente si las adaptaciones no se realizan de manera efectiva. Este proceso de transición genera costos adicionales y puede llevar a confusión y ambigüedad entre los contribuyentes, especialmente si no se proporciona una guía clara y adecuada.

Dado este contexto, es evidente que la implementación de nuevas regulaciones y sistemas no es un proceso sencillo y puede requerir más tiempo del inicialmente previsto. Por lo tanto, es crucial considerar la extensión de la prórroga de estas medidas, permitiendo un período de «marcha blanca» más largo para asegurar que los contribuyentes puedan ajustarse completamente y sin incurrir en costos excesivos o enfrentarse a ambigüedades regulatorias. Esto beneficiaría especialmente a las pequeñas y medianas empresas, que podrían enfrentar mayores desafíos en la adaptación a los cambios regulatorios. En conclusión, extender la prórroga y continuar con las actas preventivas en lugar de sanciones inmediatas es una medida necesaria para facilitar la transición y asegurar el cumplimiento efectivo de las nuevas normas, reduciendo al mínimo las cargas adicionales y las posibles confusiones entre los contribuyentes.