Durante los últimos meses, la SUNAT ha intensificado de forma evidente sus acciones de fiscalización y control tributario, con el claro propósito de incrementar la recaudación y reducir las brechas de cumplimiento en sectores estratégicos. Este impulso fiscalizador no se limita ya a las omisiones evidentes de ingresos o a las deducciones improcedentes; la mirada de la Administración también ha incorporado aspectos de naturaleza formal que, aunque muchas veces pasan desapercibidos, pueden tener un impacto económico significativo en la determinación de los impuestos.
El foco actual está puesto en el arrastre de pérdidas tributarias y la compensación de saldos a favor, ámbitos donde la precisión técnica y el cumplimiento documental resultan esenciales. Este nuevo enfoque refleja una política de recaudación más ágil y directo: la Administración busca optimizar la recaudación evitando procesos litigiosos prolongados, asegurándose de que los contribuyentes apliquen correctamente los mecanismos de compensación o arrastre de pérdidas y, en consecuencia, paguen los impuestos omitidos cuando corresponda.
Como resultado, se observa un incremento sostenido en la emisión de órdenes de pago originadas en reliquidaciones de deudas y ajustes derivados de verificaciones sobre ejercicios anteriores, con efectos directos en los pagos a cuenta de ejercicios posteriores.
Uno de los puntos de atención es el arrastre de pérdidas del Impuesto a la Renta. En especial, se está revisando con mayor rigor el caso de empresas que, luego de varios ejercicios declarando pérdidas, comienzan a mostrar utilidades. La SUNAT no solo evalúa la validez de las pérdidas declaradas, sino también su correcta aplicación conforme al sistema elegido (A o B) y dentro de los plazos legales.
Entre las observaciones más recurrentes destacan las pérdidas declaradas en ejercicios prescritos sin respaldo documental, las inconsistencias entre los estados financieros auditados y las declaraciones tributarias, y las diferencias entre la información consignada en los Libros Electrónicos y las declaraciones presentadas. También se ha detectado la compensación indebida de pérdidas en ejercicios donde ya no correspondía su aplicación.
La intención de la Administración no se limita a corregir errores contables o de cálculo; busca evitar que los contribuyentes reduzcan de forma indebida la base imponible del impuesto mediante pérdidas sin sustento o aplicadas fuera del marco legal.
De forma paralela, las verificaciones sobre la compensación de saldos a favor —especialmente los provenientes del beneficio del exportador— también se han intensificado. En este campo, los fiscalizadores vienen analizando la consistencia entre los montos declarados, los efectivamente reconocidos, y la documentación que respalda su aplicación. Se han identificado casos en los que los contribuyentes aplicaron saldos a favor no reconocidos o sujetos a revisión, generando diferencias en los pagos posteriores.
Asimismo, la SUNAT realiza cruces de información y revisiones de trazabilidad entre ejercicios, detectando errores en la aplicación de saldos que, acumulados, derivan en órdenes de pago por reliquidaciones. En muchos de estos casos, los ajustes se originan en resoluciones de determinación o declaraciones rectificatorias que modifican los resultados de ejercicios previos, alterando automáticamente los créditos arrastrados y los pagos a cuenta de ejercicios siguientes.
Estas modificaciones pueden generar efectos financieros relevantes: una pérdida que disminuye reduce también la capacidad de compensación futura; un saldo a favor aplicado sin respaldo puede transformarse en una omisión de pago; y una rectificación mal proyectada puede generar intereses moratorios no previstos, afectando la liquidez de la empresa.
Frente a este escenario, la prevención es la estrategia más eficaz. Las empresas deben mantener un control exhaustivo de sus declaraciones rectificadas, las resoluciones de determinación firmes y las proyecciones de sus efectos fiscales. Es indispensable asegurar la trazabilidad de cada crédito, pérdida o saldo compensado entre ejercicios, respaldado con documentación contable, financiera y tributaria coherente.
La SUNAT ha incorporado tecnología avanzada, cruces automáticos y análisis de riesgo predictivo que permiten detectar inconsistencias que antes pasaban inadvertidas. En este contexto, los contribuyentes deben fortalecer sus sistemas internos de control y adoptar una cultura de cumplimiento basada en la transparencia y la anticipación.
Las acciones preventivas —como auditorías tributarias internas, conciliaciones periódicas de información contable y revisiones documentarias de saldos y pérdidas— no deben verse como un costo adicional, sino como una inversión en seguridad jurídica. Una empresa que conoce y controla su información tributaria reduce su exposición a reparos, sanciones e intereses, y gana previsibilidad en su planeamiento financiero.
En definitiva, el incremento de la fiscalización en torno al arrastre de pérdidas y la compensación de saldos a favor no debe percibirse como una amenaza, sino como una oportunidad para elevar los estándares de cumplimiento y consolidar una gestión tributaria sólida, coherente y sostenible. En un entorno donde cada dato cuenta y cada omisión tiene consecuencias, la mejor defensa sigue siendo un sustento técnico bien documentado y una estrategia preventiva permanentemente actualizada.
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